Ejecución Atriga Sucesiones

Durante 2023 se ejecutó la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) nº 32/00599/2019, relacionada con el expediente DON-2010/32/000/00034, recibida el 22 de febrero. La resolución concluyó con la anulación de la liquidación impugnada, conforme al artículo 66 del Real Decreto 520/2005.

Dado que el reclamante falleció antes de que se resolviera la reclamación, se notificó el acuerdo a sus herederos legales, conforme al artículo 661 del Código Civil. En caso de existir importes ingresados o garantías, estos serán devueltos previa acreditación de la cuenta bancaria correspondiente.

La documentación puede presentarse presencialmente o por vía electrónica. Además, se podrá interponer recurso contra la ejecución en el plazo de un mes desde la notificación, según lo establecido en el artículo 241 ter de la Ley General Tributaria.